Las elecciones al Parlament de este domingo, 12 de mayo (12-M) de 2024, serán los cuartos comicios autonómicos en Cataluña en los últimos nueve años. A la cita están convocados 5,7 millones de ciudadanos, casi 300.000 de ellos residentes en el extranjero. En juego, la asignación de los 135 escaños que conformarán la XIV Legislatura de la asamblea legislativa. Cataluña es la única comunidad autónoma sin ley electoral propia, por lo que mantiene el reparto de diputados entre provincias de sus primeras elecciones, las de 1980.
Conozca las claves para entender el proceso electoral y el procedimiento hasta la elección del próximo president de la Generalitat.
Los candidatos: 6 repetidores y largas trayectorias políticas
De las ocho candidaturas que lograron representación en 2021, seis repiten cabeza de cartel. Las otras dos no lo hacen por impedimento legal (Laura Borrás, entonces candidata de Junts, está condenada por corrupción e inhabilitada) o porque lo impiden sus propios estatutos (la CUP cambia a su candidato en cada cita electoral).
- Salvador Illa (58 años). Partit dels Socialistes de Catalunya (PSC). Exministro de Sanidad y jefe de la oposición de Cataluña, tras ganar los últimos comicios. En política desde 1987, con 21 años, cuando empezó como concejal en La Roca del Vallés (Barcelona), municipio del que luego fue alcalde.
- Pere Aragonés (41 años). Esquerra Republicana de Catalunya (ERC). El actual presidente de la Generalitat y coordinador nacional de los republicanos fue diputado por primera vez con 24 años (2006). Líder de las Juventudes de ERC entre 2003-2007, fue consejero de Economía y Hacienda y vicepresidente del Gobierno de Quim Torra (Junts), al que relevó, como presidente en funciones, tras la inhabilitación de este en septiembre de 2020.
- Carles Puigdemont (61 años). Puigdemont x Catalunya (Junts+). Quien fuera president entre 2016 y octubre de 2017 y alcalde de Girona encabeza la coalición entre Junts y Demócrates, formación esta última escindida de Unió, en 2015. El todavía eurodiputado llegó al Parlament en 2006, donde fue reelegido hasta la disolución de la Cámara tras la intervención de la autonomía catalana, en 2017, momento desde el que permanece prófugo de la justicia española.
- Ignacio Garriga (37 años). Vox (Vox). El secretario general y vicepresidente del partido presidido por Santiago Abascal busca mantener la cuarta posición lograda en las anteriores elecciones. El que fuera diputado en el Congreso en la XIII y XIV Legislatura (2019-2021), antes de militar en Vox pasó por el PP y por Alternativa de Govern (formación creada por Montserrat Nebrera tras aspirar a presidir el PP de Cataluña y perder frente a Alicia Sánchez-Camacho).
- Jéssica Albiach (44 años). Comuns Sumar (Comuns). Llegada a la política de la mano de Podemos, busca su cuarto mandato como diputada en el Parlament, donde entró por primera vez en 2015. Tras encabezar la candidatura de En Comú Podem en 2021, ahora lo hace por la coalición integrada por Catalunya en Comú, Barcelona en Comú y Movimiento Sumar.
- Laia Estrada (41 años). Candidatura d’Unitat Popular (CUP). Concejala en Tarragona entre 2015 y 2021, año en el que da el salto a la política autonómica como diputada en el Parlament.
- Carlos Carrizosa (60 años). Ciutadans (Cs). Diputado en la Cámara autonómica desde la X Legislatura (2012), llegó a ser jefe de la oposición tras la victoria electoral de Cs en 2017 y el posterior paso de Inés Arrimadas a la política nacional, como diputada en el Congreso, en 2019.
- Alejandro Fernández (47 años). Partido Popular de Cataluña (PP). Actual presidente del PP catalán, entra en la política municipal como edil de Tarragona, con 26 años. Diputado en el Congreso entre 2011-2015, es parlamentario autonómico desde 2015. Afronta sus segundos comicios como cabeza de lista.
La única comunidad sin ley electoral propia
A día de hoy, Cataluña todavía no cuenta con ley electoral propia (es la única comunidad autónoma sin ella). Lo más parecido a una normativa electoral autonómica lleva la firma de Juan Ignacio Zoido, ministro del Interior en octubre de 2017, cuando el Gobierno de Mariano Rajoy aplicó el artículo 155 de la Constitución para disolver el Parlamento de Cataluña y convocar elecciones. En esa fecha, el Gobierno de la Nación aprobó una serie de normas complementarias para facilitar la celebración de aquella cita.
Las únicas referencias en el marco competencial autonómico están en el Estatuto de Autonomía. En su artículo 56.1, fija en una horquilla de 100-150 diputados el tamaño del Parlament, mientras que el 56.2 contempla la existencia de un régimen electoral propio. Para ello emplaza a la aprobación de una ley, con el apoyo de dos tercios de la Cámara, algo que no ha sucedido en las 13 legislaturas precedentes. El consenso requerido y la falta de incentivos (el sistema actual ha beneficiado a las fuerzas mayoritarias, especialmente a los independentistas) han bloqueado hasta ahora cualquier iniciativa al respecto, también en esta legislatura.
Para todo lo demás, las citas electorales en Cataluña se rigen por la ley estatal, la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG).
Un sistema electoral que penaliza a Barcelona y premia a Lleida
A la espera de la elaboración de una ley electoral, el Estatuto de Autonomía de 1979, en su disposición adicional cuarta, cifraba en 135 miembros la composición del Parlament, a repartir entre las cuatro circunscripciones de la siguiente forma: Barcelona (85), Tarragona (18), Girona (17) y Lleida (15). Esa distribución, la misma que contenía el decreto de convocatoria de las primeras elecciones, firmado por Josep Tarradellas en 1980, permanece inalterable desde entonces. Además, en aplicación de la LOREG, para entrar en el reparto de actas de una provincia se exige alcanzar el 3% de los votos válidos (votos a candidaturas más votos en blanco) en ese territorio.
De los 7,9 millones de habitantes de Cataluña, casi tres cuartas partes (73%) residen en la provincia de Barcelona, casi un 11% en Tarragona y el resto en Girona (10%) y Lleida (5,7%). Sin embargo, Barcelona no llega a tener dos tercios de los escaños (63%), una infrarrepresentación de la que se benefician el resto de provincias, en especial la leridana, que otorga el 11% de las actas, prácticamente el doble de las que le corresponderían de aplicarse un criterio de asignación por población estrictamente proporcional.
Sin necesidad de remontarse muy atrás en el tiempo, los casos del PDeCAT en Barcelona y Junts en Lleida en la última cita ilustran muy bien los efectos de la barrera del 3% y la situación de la que se benefician las circunscripciones menos pobladas. En 2021, los 75.700 sufragios para el PDeCAT en la provincia de la ciudad condal se quedaron sin representación (no llegaban al umbral mínimo), mientras que las 45.000 papeletas de los de Puigdemont en Lérida se tradujeron en 5 actas.
Los nacionalistas, los más beneficiados
Esa «penalización» de Barcelona, en cuya Área Metropolitana reside algo más del 40% de los habitantes de la comunidad y donde los partidos de ámbito nacional suelen cosechar sus mejores resultados, sumada al dominio tradicional de CiU/Junts y ERC en Girona y, sobre todo, Lleida, es la que explica en gran medida situaciones como la vivida en 2003. Pasquall Maragall (PSC) se impuso por tres décimas a la hasta entonces invicta CiU, que por primera vez concurría sin Jordi Pujol. Pese a la victoria en el voto popular, la candidatura de Artur Mas consiguió cuatro diputados más (46 frente a 42).
Antes, en 1999, PSC e ICV decidieron concurrir en coalición en todas las provincias excepto Barcelona, precisamente con la intención de ser más competitivos en el resto de plazas frente a la hegemonía de CiU.
Ya en 2017, Arrimadas (Cs), sacó cuatro puntos a Junts y a ERC. Por primera vez una candidatura constitucionalista se alzaba con el triunfo tanto en papeletas, como en escaños (36), aunque la diferencia en actas parlamentarias fue de apenas dos respecto a Junts (34) y cuatro frente a ERC (32). En 2021, Illa (PSC), pese a superar en tres y dos puntos a ERC y Junts respectivamente, logró tantos diputados (33) como los republicanos y solo uno más que los de Puigdemont.
Otra de las derivadas del sistema electoral catalán es que la sobrerrepresentación de las dos circunscripciones menos pobladas ha ayudado a apuntalar las mayorías nacionalistas o independentistas en la Cámara. Como ejemplo, los resultados de 2010, cuando Mas (CiU), con el 38,4% de los votos se quedó a apenas seis escaños de la mayoría absoluta (son necesarios 68); o los de 2015, cuando la candidatura unitaria de Convergència y ERC (JuntsxSíí) registró un apoyo de menos del 40% (39,6) y también se quedó a seis representantes de la absoluta.
Ojo a la participación
Una clave más de la noche electoral será el grado de concurrencia de la ciudadanía a las urnas. Antes del inicio del procés independentista, culminado con el desafío secesionista del 1-O y las movilizaciones posteriores a la aplicación del 155 de la CE en Cataluña, los comicios catalanes no se caracterizaban por una gran participación. Así, entre 1980 y 2010, los datos oscilaban entre el 59-64%, con el mínimo de 2006 (por debajo del 57%), que permitió la reedición del Gobierno tripartito entre PSC, ERC e ICV, y el máximo de 1984, cuando Pujol consiguió su mejor resultado y la primera de sus tres mayorías absolutas.
En los años del procés, la afluencia a los colegios electorales fue creciendo a medida que se caldeaba el clima político en la comunidad, hasta rozar el 75% en 2015 y romper todos los registros de participación en 2017, cuando el 82% de los residentes en Cataluña ejercieron su derecho al voto (el dato final fue del 79% una vez computado el voto CERA). En la última convocatoria, la de 2021, apenas participó la mitad del censo (51,3%), si bien hay que recordar que aquellas elecciones se celebraron en pandemia, todavía con grandes restricciones en la comunidad autónoma.
Qué sucederá en esta ocasión es una incógnita, si bien los antecedentes de las últimas generales, en julio del año pasado, y las municipales de un par de meses antes, dejaron patente que el electorado independentista se encontraba menos movilizado que el de las opciones de ámbito nacional, como Vox, PP y, en especial, el PSC. De repetirse esa participación asimétrica, Illa podría acrecentar la brecha entre el PSC y los otros dos partidos con opciones de presidir la Generalitat: ERC y sobre todo Junts.
Bloques ideológicos porosos
Se puede encontrar alguna indicación sobre el estado de ánimo de quienes votaron hace tres años en las encuestas publicadas durante la campaña. Un dato a tener en cuenta, el de los indecisos. Según el Centre d’Estudis d’Opinió (CEO), dependiente de la Generalitat, más de un tercio (35%) de quienes tienen intención de ir a votar todavía no había escogido papeleta antes del inicio de la campaña, cifra que el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) rebajaba al 25% en un estudio realizado ya comenzada la campaña electoral.
Atendiendo a ambos trabajos demoscópicos, los votantes de 2021 de ERC, la CUP, En Comú Podem y Cs son quienes más dudas presentan. Por su parte, los electores de Illa de hace tres años son los que más claro lo tienen y al mismo tiempo los más predispuestos a repetir voto: un 72% así lo manifiesta en el casi del CIS. Tanto en el caso del estudio del centro dirigido por José Félix Tezanos como en el CEO, la fidelidad de voto de ERC cae por debajo de la mitad.
A tener en cuenta también, la intención de voto manifestada por los encuestados dispuestos a moverse desde opciones independentistas a partidos de ámbito nacional (y viceversa). Desde 2015, las variaciones de sufragios se han dado principalmente entre formaciones independentistas y entre constitucionalistas, con una circulación de votantes entre bloques que ha permanecido prácticamente sellada hasta ahora. Los sondeos apuntan un posible trasvase desde ERC e incluso, en menor medida, Junts al PSC (las cifras en sentido contrario son residuales).
La otra candidatura que podría crecer de forma transversal es Aliança Catalana, liderada por la alcaldesa de Ripoll (Girona), Sílvia Orriols. La formación nacionalista, caracterizada por un firme discurso antimigratorio y por su defensa de una independencia unilateral, se nutriría de exvotantes de Junts, la CUP y Vox, como recogen tanto el estudios del CIS como la última encuesta de 40dB para El País y la SER.
Sin antecedentes de repetición electoral
Si bien ha estado muy cerca, Cataluña no se ha visto aún en la tesitura de tener que repetir elecciones por el bloqueo de su parlamento autonómico. La situación más parecida fue la vivida tras la inhabilitación de Quim Torra, en septiembre de 2020, por un delito de desobediencia al negarse a retirar del Palau de la Generalitat una pancarta de apoyo a los presos del procés. Entonces, la ausencia de candidatos para someterse a la investidura llevó a poner punto y final a la legislatura iniciada a comienzos de 2018 (desde 2010, todas las legislaturas han concluido de forma anticipada).
Sobre la bocina logró ser investido Carles Puigdemont, en enero de 2016, a horas de que el Parlament se disolviera automáticamente. La negativa de la CUP, cuyo apoyo era imprescindible, a votar a favor de Artur Mas obligó a CiU a sacrificar al entonces presidente. En mayo de 2021, a pocos días de la disolución de la Cámara, logró ser investido Pere Aragonés (ERC), tras las reticencias de Junts a llevar al Palau de la Generalitat al primer president de ERC electo tras la restauración democrática.
Qué pasará en esta ocasión dependerá de los números de este domingo. Aunque caben múltiples cábalas, tres parecen los escenarios más plausibles antes de conocer el resultado de las urnas:
- Gobierno PSC+ERC, al que podría añadirse Comuns Sumar .
- Gobierno Junts+ERC, si las fuerzas independentistas tuvieran escaños suficientes, una hipótesis que necesitaría con muchas probabilidades del beneplácito de la CUP.
- Repetición electoral, en el supuesto de que no se alcancen acuerdos para investir presidente tras la constitución del próximo Parlament.
¿Cuándo empieza la XIV Legislatura del Parlamento de Cataluña?
Todavía no se conoce la fecha, pero sí hay un límite máximo. Aunque el artículo 1 del Reglamento del Parlament dice que el decreto de convocatoria electoral debería incluir el día y hora de la sesión constitutiva, la Ley de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno reserva dicha potestad al presidente de la Generalitat en funciones. Así el artículo 10.d) da a Pere Aragonès la atribución de convocar la sesión constitutiva dentro de 20 días hábiles tras las elecciones, Por tanto, la fecha límite para el inicio de la legislatura será el 10 de junio (el 20 de mayo es festivo en Barcelona).
El camino a la investidura
Tras la celebración de la sesión constitutiva, elegida ya la nueva presidencia del Parlament y el resto de integrantes de la Mesa, en el plazo de 10 días, el presidente o presidenta de la Cámara, previa ronda de consultas con los partidos y grupos que logren representación parlamentaria, debe proponer una candidatura a la presidencia de la Generalitat. Esto, que viene establecido en el artículo 4.1 de la Ley de la presidencia, no se cumplió tras las elecciones de 2017, tras una sucesión de decisiones de la Mesa y recursos y resoluciones judiciales.
A VUELTAS CON LA INVESTIDURA EN 2018 Tras el inicio de la legislatura, el 17 de enero de 2018, el entonces presidente del Parlament y hoy consejero de Empresa y Trabajo de la Generalitat, Roger Torrent, convocó el pleno de investidura para el 30 de enero, con Puigdemont como aspirante, vía telemática. Aquella decisión fue recurrida por el Gobierno central ante el Tribunal Constitucional, que admitió la medida cautelar de suspender "cualquier sesión de investidura que no sea presencial", al tiempo que impedía delegar el voto a los diputados prófugos. Mientras tanto, Junts se negaba a proponer otro nombre que no fuera del de Carles Puigdemont, hasta que a primeros de marzo este renuncia a su pretensión de ser investido de forma remota. Días después, Torrent propuso a Jordi Sánchez, entonces presidente de la asociación civil Asamblea Nacional Catalana. Sánchez, en prisión desde otoño de 2017, pide permiso para poder asistir al debate de investidura, recurso que fue desestimado por el Supremo. El 21 de marzo, se propone un tercer candidato, Jordi Turull, que un día más tarde no obtiene los apoyos suficiente para ser investido en primera votación. Al día siguiente, el 23, ingresa en prisión por resolución del Supremo. Al final, el 14 de mayo, fue investido Quim Torra, casi cuatro meses después desde la sesión constitutiva.
¿Cómo se elige al ‘president’ de la Generalitat?
- Para ser presidente de la Generalitat de Cataluña es condición imprescindible ser diputado del Parlament (artículo 67 del Estatuto de Autonomía y artículo 4 de la Ley de la presidencia).
- El candidato presenta sin límite de tiempo su programa de gobierno antes de pedir la confianza del Pleno (artículo 149.1 del Reglamento del Parlament).
- A continuación, se puede suspender la sesión por un máximo de 24 horas. En el turno de portavoces, el representante de cada grupo tendrá un turno de 30 minutos. Si el candidato da réplica, cada portavoz tendrá derecho a un nuevo turno de palabra, «de un tiempo igual al utilizado por el candidato» (artículo 149.2 del Reglamento).
- Concluido el debate se procede a la votación. El candidato será investido si logra mayoría absoluta (68 votos) en primera votación.
- En caso de no alcanzar los apoyos suficientes en un primer intento, desde ese momento comienza una cuenta atrás de dos meses para elegir a un presidente o presidenta de la Generalitat. En caso de que nadie lo consiguiera, el parlamento «queda disuelto automáticamente» (artículo 67.3 del Estatuto de Autonomía y 4.6 de la Ley de la presidencia).
- Dos días después de la primera votación, el candidato puede someterse a un segundo debate y una segunda votación. En este supuesto bastará con mayoría simple (más síes que noes).
Renovación parcial del Senado
Como al resto de parlamentos autonómicos, al catalán le corresponde la elección de un número de senadores en proporción a la población del territorio: un representante para cada comunidad más otro adicional por cada millón de habitantes. De esta forma, el Parlament nombra ocho senadores de designación autonómica. La Ley del procedimiento de designación de los senadores que representan a la Generalidad en el Senado establece que es la Mesa quien decide, siguiendo criterios de proporcionalidad, cuántos senadores corresponden a cada grupo.
En el plazo máximo de treinta días desde la sesión constitutiva deben registrarse las propuestas de candidaturas. «Debe garantizarse la presencia equilibrada de mujeres y hombres» (ninguno de los sexos puede superar el 60%, artículo 5.5 de la Ley del procedimiento de designación). Si los aspirantes son declarados elegibles por la Comisión del Estatuto de los Diputados del Parlament, solo quedará convocar el pleno en el que se ratificarán y proclamarán las personas propuestas por cada grupo con derecho a ello.
Actualmente hay tres senadores designados a propuesta del PSC(Alfonso García Rodríguez, Núria Marín y Antonio Poveda), tres por ERC(Laura Castel, Josep Maria Reniu y Héctor Sánchez) y dos por Junts(Josep Lluís Cleries y Mª Teresa Pallarès).