Claves, plazos y cambios que trae la ley de paridad aprobada en el Congreso

Consulte las exigencias para empresas, instituciones y otras entidades; plazos y cambios en ámbitos como el Deporte o los derechos laborales

La ministra de Igualdad, Ana Redondo, durante una sesión plenaria, en el Congreso de los Diputados | EDUARDO PARRA (EUROPA PRESS).

La ministra de Igualdad, Ana Redondo, durante una sesión plenaria, en el Congreso de los Diputados | EDUARDO PARRA (EUROPA PRESS).

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado con 177 votos a favor, 171 en contra y ninguna abstención el dictamen sobre el Proyecto de ley de representación paritaria, que será remitido al Senado para continuar su camino hacia el BOE. El articulado obligará a empresas, Gobierno, órganos constitucionales y otras organizaciones a cumplir con la regla del 60/40, esto es, que debe haber un mínimo de un 40% de mujeres y que el sexo predominante no pueda superar en ningún caso el 60%.

La iniciativa transpone la Directiva europea 2022/2381 relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas; pero el Gobierno ha querido ir más allá. Además de obligar a las empresas de capitalización bursátil a adaptar sus consejos de administración para cumplir la regla del 60/40, ha extendido la norma a nombramientos del Poder Judicial, Consejos de Estudiantes, sindicatos, fundaciones y Tercer Sector de Acción Social.

Las empresas del Ibex 35 disponen hasta el 30 de junio de 2026 para adaptar sus órganos de dirección, mientras que el resto de sociedades de capitalización bursátil tendrá un año más, hasta el 30 de junio de 2027, al igual que las entidades de interés público. Los sindicatos, asociaciones empresariales, fundaciones, organizaciones del Tercer Sector de acción social y entidades de la economía social tendrán hasta el 30 de junio de 2028.

Excepciones

Los partidos políticos y los Colegios Profesionales se libran de tener que aplicar la norma, aunque los primeros sí que deberán tener planes de igualdad, impulsar medidas de prevención y detección de la violencia machista, y establecer protocolos de actuación; y los segundos, designar a una persona responsable de la coordinación en materia de igualdad que haga las veces de supervisora.

La ley también obliga a armar listas cremallera en todas las elecciones con una importante excepción, el País Vasco. Tampoco se exigirá la alternancia de hombre y mujer en aquellos municipios que cuenten con entre 3.000 y 5.000 residentes, aunque sí que tendrán que garantizar que las personas de cada sexo no superen el 60%, ni sean menos del 40%.

60/40, pero no siempre

La Comisión de Igualdad aceptó una enmienda transaccional impulsada por Podemos, adscrito al Mixto, para permitir que la regla del 60/40 pueda quebrarse si el género predominante es el femenino. Es decir, que los hombres no podrán superar el 60% en ningún caso, pero las mujeres sí.

Según el Partido Popular, esta transaccional puede colisionar con la Directiva europea. En concreto, con el artículo 5, referente al equilibrio de género en los consejos de administración. En él, se indica que los miembros del sexo menos representado deberán suponer, como mínimo, un 33%.

En consecuencia, se permite que haya más mujeres que hombres y, si éstas suponen más de un 67%, se estaría infringiendo la normativa europea.

Cambios en el Deporte

El dictamen incluye modificaciones a la Ley del Deporte para elevar las sanciones ante situaciones de acoso. También se ha enmendado la normativa que regula las condiciones laborales de los deportistas profesionales para blindar derechos de conciliación, al tiempo que se atiende cada circunstancia.

Se ha percutido sobre el Real Decreto que regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales con el objetivo de que aquellos que se encuentren en su último de contrato lo puedan prorrogar automáticamente en caso de embarazo o de estar en proceso de adopción. Este último escenario, el profesional debe haber superado la resolución y el certificado de idoneidad.

Asimismo, se reconocen los mismos derechos de conciliación que cualquier trabajador, incluidos todos los permisos previstos legalmente, sin perjuicio de adaptar cada circunstancia a la especificidad de su profesión. Por ejemplo, se facilitará que las profesionales puedan continuar en la dinámica del equipo en casos de embarazo. También se permitirá compatibilizar el entrenamiento con la atención al menor, incluidos los desplazamientos.

Agentes de igualdad y carrera militar

El Proyecto de ley regula el acceso a la profesión de agente de Igualdad. Se requerirá de un título de grado, postgrado o equivalente del ámbito de conocimiento de estudios de género, feministas y políticas públicas de igualdad.

El Gobierno dispondrá de un plazo de seis meses para aprobar una propuesta -elaborada por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades– para establecer el carácter oficial del título de agente de Igualdad.

También exige que la carrera militar se adapte a la ley de paridad.

Derechos laborales

El Gobierno ha aprovechado la ley de paridad para subsanar un error durante la tramitación parlamentaria de la ley Trans que provocó que se omitieran modificaciones en derecho laboral acometidas por la ley de garantía integral de la libertad sexual (LOGILS).

La Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual enmendó el Estatuto de los Trabajadores y el Estatuto Básico del Empleado Público para otorgar los mismos derechos que la norma prevé para las víctimas de violencia de género a las víctimas de violencia sexual. Sin embargo, durante la tramitación de la ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI (ley Trans), estas modificaciones fueron eliminadas por error.

La Comisión de Igualdad admitió incorporar al dictamen las enmiendas de PSOE y Sumar destinadas a reintroducirlas con el objetivo de evitar el agravio comparativo que supone privar a las víctimas de violencia sexual de los mismos derechos que las víctimas de violencia de género.

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