La exención del IVA a toda donación de alimentos es el punto más caliente en la tramitación parlamentaria de la Ley de desperdicio alimentario.
Lo sabe el Ministerio de Hacienda, que ya vio cómo la oposición consiguió incluir la medida en el proyecto la pasada legislatura, y lo sabe el Grupo Parlamentario Socialista, dispuesto a negociar y a pactar si tiene el visto bueno de Hacienda, consciente de que la medida cuenta con un alto grado de consenso y de que sus equilibrios parlamentarios son hoy aún más precarios que entonces.
Cerrado el plazo de enmiendas, además del Partido Popular, exigen un régimen fiscal exento de impuestos para la donación varios socios de investidura del Ejecutivo: Junts, Podemos y Coalición Canaria.
¿Qué régimen fiscal tienen hoy las donaciones?
Las donaciones de bienes, no sólo alimentos, realizadas a entidades no lucrativas están sometidas a un tipo del 0%, en virtud de una enmienda aprobada por el Senado a la Ley de residuos y suelos contaminados.
La medida se aprobó reformando las reglas especiales (Art. 79) y los tipos impositivos (Art.91) de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Sin embargo, no alcanza a las donaciones realizadas por particulares ni tampoco a las compras que realizan los bancos de alimentos a partir de donaciones realizadas en metálico, razón por la que asociaciones de bancos de alimentos vienen reclamando ampliar este régimen fiscal.
¿Qué piden los partidos?
El PP quiere comprometer al Gobierno a establecer «en el menor tiempo posible» un mecanismo para asegurar un tipo del 0% en el IVA a todas las entregas de bienes, en especies o dinerarias realizadas en concepto de donativos para la compra de alimentos o artículos de primera necesidad.
«Si hace falta atender a personas con productos de primera necesidad, lo razonable es que no sólo sean los alimentos los que queden exentos de IVA, sino todos aquellos productos que directamente compra el ciudadano para donar, o que donando la entidad, esta lo dedique a comprar», explica Milagros Marcos, ponente ‘popular’ del proyecto de ley de desperdicio.
Coalición Canaria apuesta por incluir las donaciones de alimentos y bienes de primera necesidad y del hogar entre las operaciones no sujetas a IVA en la propia Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.
«Con esta redacción quedaría clara que las donaciones de alimentos son operaciones no sujetas, por lo que no perjudican la prorrata del IVA», esgrimen en esta formación, señalando que el IVA de las compras de los productos donados sería así plenamente deducible, sin que se generaran obligaciones adicionales ni de facturación ni de declaración, y que la base de la deducción podría calcularse a través del método del albarán valorado.
La exención queda supeditada, en todo caso, a que exista un convenio firmado entre la entidad donante y la donataria, o una declaración jurada de esta, que comprometa a repartir de forma gratuita los bienes o alimentos a personas necesitadas y no a su comercialización.
En el caso de Podemos, plantean, como el PP, una nueva disposición final para emplazar al Gobierno a establecer «en el menor tiempo posible» un mecanismo para la aplicación inmediata del tipo del 0% en el IVA a todas las entregas de bienes en concepto de donativos a entidades sin fines lucrativos.
Una redacción similar a la propuesta por Junts, que añade también la posibilidad de solicitar la devolución del impuesto satisfecho en caso de donaciones realizadas por particulares y en caso de compras directas, emplazando al Gobierno a desarrollar reglamentario un procedimiento para ello.
Más propuestas fiscales: tasas de basura, Sociedades o devolución del gasóleo
No son estas las únicas propuestas de carácter fiscal trasladadas por los grupos en sus enmiendas.
En el caso de EH-Bildu, por ejemplo, plantean añadir una nueva obligación a las administraciones entre las ya recogidas por la ley para adoptar medidas fiscales en relación a la cantidad de pérdidas y desperdicio alimentario evitados a través de la donación y redistribución de alimentos.
Sumar, ERC y Podemos han incluido una medida similar, con la redacción aprobada como enmienda la pasada legislatura que obliga a las administraciones a estudiar medidas fiscales, como la reducción en la tasa de basuras, en proporción al desperdicio evitado.
Nueva deducción en Sociedades
Para potenciar las donaciones, además de la citada reforma en la regulación del IVA, Coalición Canaria propone una nueva deducción en la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades para donaciones de alimentos y bienes de primera necesidad y del hogar.
Con ella, las empresas podrían deducirse hasta el 75% del precio de coste de los bienes, productos o alimentos donados, y un 25% del coste de bienes ya usados o alimentos cuya fecha de caducidad o de consumo preferente esté próxima a su vencimiento (menos de siete días).
Rebaja del IEH para productores agrarios
Finalmente, Esquerra Republicana propone en una de sus enmiendas modificar la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales para elevar la devolución parcial del gasóleo empleado en la agricultura y ganadería hasta los 75,71 euros por mil litros.
La formación independentista explica que el encarecimiento de los costes de producción justifica elevar la devolución del gasóleo agrícola hasta alcanzar la imposición del tipo mínimo permitido por la regulación europea.
Contando devolución parcial actual, ERC apunta que el tipo efectivo del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH) se sitúa en 33 euros por mil litros, 12 euros superior al tipo mínimo de 21 euros por mil litros autorizado por la Directiva y las directrices de ayudas estatales.