El Proyecto de ley de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres llevará la exigencia de igualdad a los Consejos de Informativos de RTVE. La ponencia incorporó una enmienda impulsada por Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) para modificar la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal.
En concreto, se añade un nuevo apartado al artículo 24, relativo a los Consejos de Informativos, para regular que la elección de sus miembros se haga cumpliendo con el principio de representación paritaria entre hombres y mujeres, es decir, que debe hacer un mínimo de un 40% de cada uno de los sexos.
Más allá de la directiva europea
El Proyecto de ley de representación paritaria, cuyo dictamen fue aprobado el pasado jueves e irá al Pleno de la próxima semana, exige listas cremallera en todas las elecciones a excepción del País Vasco, un Gobierno con un mínimo de mujeres del 40%, aplicable también a todos los órganos constitucionales o de relevancia constitucional, como el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas, el Consejo de Estado, el Consejo Económico y Social, el Consejo Fiscal o el CGPJ.
La misma regla se impone a los consejos de administración de las sociedades cotizadas, a las no cotizadas, y a los premios públicos. Las cúpulas de los partidos políticos y los Colegios Profesionales, finalmente, se libran.
Más mujeres sí
La iniciativa obliga a cumplir con la regla del 60/40, esto es, que debe haber un mínimo de un 40% de mujeres y que el sexo predominante no pueda superar en ningún caso el 60%. Sin embargo, Podemos, adscrito al Mixto, impulsó una enmienda transaccional que fue aceptada por la Comisión de Igualdad para permitir que la regla del 60/40 pueda quebrarse si el género predominante es el femenino. Es decir, que los hombres no podrán superar el 60% en ningún caso, pero las mujeres sí.
Según el Partido Popular, esta transaccional puede colisionar con la Directiva europea. En concreto, con el artículo 5, referente al equilibrio de género en los consejos de administración. En él, se indica que los miembros del sexo menos representado deberán suponer, como mínimo, un 33%.
En consecuencia, se permite que haya más mujeres que hombres y, si éstas suponen más de un 67%, se estaría infringiendo la normativa europea.