La ponencia del Proyecto de ley de representación paritaria y presencia equilibrada de hombres y mujeres ha incorporado varias enmiendas de Junts con modificaciones a la Ley del Deporte para elevar las sanciones ante situaciones de acoso. También se ha enmendado la normativa que regula las condiciones laborales de los deportistas profesionales para blindar derechos de conciliación, al tiempo que se atiende cada circunstancia.
El informe, al que se han añadido las enmiendas de Junts negociadas por su diputada Pilar Calvo, incluye una Disposición final nueva que modifica el punto relativo a la promoción de la igualdad efectiva de la ley del Deporte para elevar de “falta grave” a “falta muy grave” cualquier actuación que pueda ser considerada discriminación, abuso o acoso sexual y/o por razón de sexo o autoridad, elevando las multas, amonestaciones y consecuencias correspondientes.
Los supuestos en que la infracción fuera cometida por las personas que ostenten la presidencia, miembros directivos o de control de los órganos de las federaciones deportivas españolas y/o ligas profesionales, las sanciones serían:
- Amonestación pública.
- Inhabilitación para ocupar cargos en la entidad deportiva, por un plazo de dos a quince años, en adecuada proporción a la infracción cometida.
- Destitución del cargo.
- Multa, no inferior a 3.000,01 ni superior a 30.000 euros.
En el resto de casos:
- Multa, no inferior a 3.000,01 ni superior a 30.000 euros.
- Pérdida de puntos o puestos en la clasificación.
- Pérdida o descenso de categoría o división.
- Celebración de la prueba o competición deportiva a puerta cerrada.
- Prohibición de acceso a los estadios o lugares de desarrollo de las pruebas o competiciones por tiempo no superior a cinco años.
- Pérdida definitiva de los derechos que, como socio o miembro de la respectiva sociedad, asociación o entidad deportiva, le correspondan.
- Clausura del recinto deportivo por un período comprendido entre los cuatro partidos o encuentros y una temporada completa.
- Inhabilitación para ocupar cargos en la entidad deportiva por un periodo comprendido entre los dos y los quince años, en adecuada proporción a la infracción cometida.
- Suspensión de licencia federativa o habilitación equivalente de carácter temporal por un periodo comprendido entre los dos y los quince años.
Por partes
El acoso sexual en el ámbito deportivo adquirió mayor foco mediático tras el caso del entonces presidente de la RFEF Luis Rubiales, quien besó a la futbolista Jennifer Hermoso durante la celebración del Mundial de 2023. El Gobierno se propuso, desde entonces, reforzar los protocolos de federaciones y ligas.
En paralelo, también a raíz de este caso, Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) registró una iniciativa para modificar la ley del Deporte con el propósito de suprimir la obligatoriedad de que cualquier jugador o jugadora convocado por la selección deba acudir aún en contra de su voluntad.
La ley del Deporte establece la obligatoriedad de todos los deportistas a acudir a las convocatorias de las selecciones nacionales. De hecho, el articulado faculta a las federaciones para sancionar a quienes no cumplan con multas económicas que ascienden hasta 30.000 euros y con la suspensión de un periodo entre dos y quince años.
Tras el episodio de Rubiales, 20 de las 39 firmantes de un comunicado en el que renunciaban a ser citadas fueron convocadas, generando un profundo malestar en la plantilla.
El informe de la ponencia de la ley de paridad mantiene, de momento, dicha obligatoriedad. La propuesta de ERC fue tomada en consideración y permanece en periodo de enmiendas, aguardando su turno. Será durante la tramitación de la misma cuando se dilucide si, finalmente, se cambia la ley o no.
Derechos laborales
Se ha aprovechado la ley de representación paritaria para modificar el Real Decreto que regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales con el objetivo de que aquellos que se encuentren en su último de contrato lo puedan prorrogar automáticamente en caso de embarazo o de estar en proceso de adopción. Este último escenario, el profesional debe haber superado la resolución y el certificado de idoneidad.
Las deportistas embarazadas que estén en su último año de contrato podrán prorrogarlo automáticamente.
Asimismo, se reconocen los mismos derechos de conciliación que cualquier trabajador, incluidos todos los permisos previstos legalmente, sin perjuicio de adaptar cada circunstancia a la especificidad de su profesión. Por ejemplo, se facilitará que las profesionales puedan continuar en la dinámica del equipo en casos de embarazo. También se permitirá compatibilizar el entrenamiento con la atención al menor, incluidos los desplazamientos.