La Comisión de Igualdad ha aprobado este jueves el dictamen sobre el Proyecto de ley de representación paritaria, un articulado que obligará a empresas, Gobierno, órganos constitucionales y otras organizaciones a cumplir con la regla del 60/40, esto es, que debe haber un mínimo de un 40% de mujeres y que el sexo predominante no pueda superar en ningún caso el 60%. Sin embargo, se han introducido una serie de enmiendas transaccionales para librar a los partidos políticos, eliminar la obligatoriedad de las listas cremallera en el País Vasco y que las mujeres sí que puedan superar el porcentaje máximo en los órganos directivos de instituciones y empresas
El dictamen ha cosechado 20 votos favorables (PSOE, Sumar, ERC, Junts, EH Bildu, PNV y Podemos, adscrito al Mixto) frente a 17 en contra (PP y Vox).
La ley de paridad sí permitirá que las mujeres superen el 60% en los órganos directivos de instituciones y empresas.
La excepción de los partidos políticos y el País Vasco
La iniciativa transpone la Directiva europea 2022/2381 relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas; pero el Gobierno ha querido ir más allá. Además de obligar a las empresas de capitalización bursátil a adaptar sus consejos de administración para cumplir la regla del 60/40, ha extendido la norma a nombramientos del Poder Judicial, Consejos de Estudiantes, sindicatos, fundaciones y Tercer Sector de Acción Social.
En un principio, los socialistas y los de Yolanda Díaz pretendían incluir a las cúpulas de los partidos políticos, tal y como establecía una enmienda registrada de forma conjunta. No obstante, no se incluyó en el informe de ponencia y ha sido retirada, por lo que finalmente, las organizaciones políticas no tendrán que cumplirla.
Las exigencias se limitarán a que cuenten con planes de igualdad, impulsen medidas de prevención y detección de la violencia machista, y establezcan protocolos de actuación.
Los Colegios Profesionales tampoco estarán sujetos a la regla del 60/40, sino que se regirán por las mismas condiciones que las organizaciones políticas. En su caso, además, tendrán que nombrar a una persona responsable de la coordinación en materia de igualdad que haga las veces de supervisora.
También se han introducido especificidades para el País Vasco. La ley de representación paritaria establecía la obligatoriedad de armar listas cremallera; pero mediante una enmienda transaccional se ha estipulado que en las elecciones de miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y Juntas Generales de los Territorios Históricos Vascos se podrán articular candidaturas que no necesariamente alternen un hombre y una mujer.
Tampoco se exigirán listas cremallera en aquellos municipios que cuenten con entre 3.000 y 5.000 residentes, aunque sí que tendrán que garantizar que las personas de cada sexo no superen el 60%, ni sean menos del 40%.
60/40, pero no siempre
Podemos, adscrito al Mixto, ha impulsado una enmienda transaccional para permitir que la regla del 60/40 pueda quebrarse si el género predominante es el femenino. Es decir, que los hombres no podrán superar el 60% en ningún caso, pero las mujeres sí.
Según el Partido Popular, esta transaccional puede colisionar con la Directiva europea. En concreto, con el artículo 5, referente al equilibrio de género en los consejos de administración. En él, se indica que los miembros del sexo menos representado deberán suponer, como mínimo, un 33%.
En consecuencia, se permite que haya más mujeres que hombres y, si éstas suponen más de un 67%, se estaría infringiendo la normativa europea.
Agentes de igualdad y carrera militar
El bloque de investidura ha incorporado otra enmienda transaccional para regular el acceso a la profesión de agente de Igualdad. Se requerirá de un título de grado, postgrado o equivalente del ámbito de conocimiento de estudios de género, feministas y políticas públicas de igualdad.
El Gobierno dispondrá de un plazo de seis meses para aprobar una propuesta -elaborada por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades– para establecer el carácter oficial del título de agente de Igualdad.
También se ha incluido una enmienda registrada por Podemos para que se adapte la legislación necesaria para que la paridad llegue también a la carrera militar.
Derechos laborales
El Gobierno ha aprovechado la ley de paridad para subsanar un error durante la tramitación parlamentaria de la ley Trans que provocó que se omitieran modificaciones en derecho laboral acometidas por la ley de garantía integral de la libertad sexual (LOGILS).
La Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual enmendó el Estatuto de los Trabajadores y el Estatuto Básico del Empleado Público para otorgar los mismos derechos que la norma prevé para las víctimas de violencia de género a las víctimas de violencia sexual. Sin embargo, durante la tramitación de la ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI (ley Trans), estas modificaciones fueron eliminadas por error.
La Comisión de Igualdad ha admitido incorporar al dictamen las enmiendas de PSOE y Sumar destinadas a reintroducirlas con el objetivo de evitar el agravio comparativo que supone privar a las víctimas de violencia sexual de los mismos derechos que las víctimas de violencia de género.
Cambios en el Deporte
El dictamen incluye modificaciones a la Ley del Deporte para elevar las sanciones ante situaciones de acoso. También se ha enmendado la normativa que regula las condiciones laborales de los deportistas profesionales para blindar derechos de conciliación, al tiempo que se atiende cada circunstancia.
Se ha percutido sobre el Real Decreto que regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales con el objetivo de que aquellos que se encuentren en su último de contrato lo puedan prorrogar automáticamente en caso de embarazo o de estar en proceso de adopción. Este último escenario, el profesional debe haber superado la resolución y el certificado de idoneidad.
Asimismo, se reconocen los mismos derechos de conciliación que cualquier trabajador, incluidos todos los permisos previstos legalmente, sin perjuicio de adaptar cada circunstancia a la especificidad de su profesión. Por ejemplo, se facilitará que las profesionales puedan continuar en la dinámica del equipo en casos de embarazo. También se permitirá compatibilizar el entrenamiento con la atención al menor, incluidos los desplazamientos.